Según el problema de salud que tenga un afiliado, puede atenderse por el Fonasa o por la Isapre, ingresando a un centro asistencial determinado que puede aceptar o rechazar el beneficio.
¿Que pasa si un prestador de la Red GES no cumple con el plazo para atender a un paciente?
Si un prestador de la Red GES no cumple con el plazo señalado para la garantía de oportunidad de un problema de salud GES que se ha diagnosticado, el paciente o un tercero que lo represente deberá reclamar al Fonasa o Isapre según corresponda, dentro de los 30 (treinta) días para designar un segundo prestador tendrá un plazo de 10 (diez) días corridos para atenderlo, salvo que el plazo garantizado para resolver el problema de salud del paciente sea menor. En el caso de que el Fondo o la Isapre no designen un segundo prestador o éste no cumpla debidamente con la atención, el paciente o su representante deberá reclamar de inmediato ante la Superintendencia de Salud, solicitando un tercer prestador, que sera designado dentro de los 2 (dos) días siguientes a la presentación de su reclamo en la Superintendencia
Tramo de Ingresos de 2017 a la fecha:
- Tramo A: no paga
- Tramo B: no paga
- Tramo C: paga el 10%
- Tramo D: paga al igual que la persona de Isapre el 20%
(clic en la foto)
Buenas tardes estimada Lidia, muy interesante tu Blogger, pero tengo algunas dudas con respecto a los prestadores, quisiera saber ¿Cuál es la misión de estos? y ¿Qué define a los prestadores?
ResponderEliminarSaludos...
Buenas tardes Paulina, agradezco su visita en mi blog. Ahora bien en respuesta de su pregunta: la misión consiste en contruir un modelo de salud sobre la base de una atención primaria fortalecida e integrada que pone al paciente en el centro, con énfasis en el cuidado de poblaciones durante todo el ciclo de vida y que además estimule la promoción y prevención en salud, así como el surgimiento trazabilidad y cobertura financiera. Espero haber respondido a su inquietud.
Eliminarsaludos!
Buenas Tardes Lidia, tengo una consulta, ¿que pasa con los inmigrantes, ellos pueden atenderse aunque no estén inscritos a estas entidades?
ResponderEliminarEspero pronta respuesta..!!
Estimado Leonardo, junto con mi saludo. Respondo a su pregunta: todos los seres humanos tenemos derecho a la salud, ya que eso está estipulado en el Derecho Universal de la Salud, los migrantes con situación regular en chile pueden atentenderse normalmente en los centros de salud familiar (CESFAM) la población migratoria cuya situación sea irregular: podrán atenderse y optar a las Garantías Explícitas de Salud (GES) ej: embarazadas las cuales tendrán atención durante el embarazo, parto y a 12 meses posteriores al parto, tendrán apoyo al recién nacido, chile crece con tigo. Las mujeres embarazadas pueden inscribirse gratuitamente en FONASA. También podrán optar a la atención en el caso de que sufran Violencia Intrafamiliar, los menores de 18 también podrán tener atención en caso de urgencia, ejemplo; los migrantes tienen derechos a tratamientos para las enfermermedades notificadas obligatoria, (Ej: Virus Hanta)
EliminarSolo se les podrá cobrar a los migrantes que que puedan aclarar tener los recursos para pagar.
Un afectuoso saludo!
Estimada Lidia
ResponderEliminarjunto con saludar
comentar que el blog, está bastante claro en las explicaciones dadas por usted.
saludos cordiales!!
Gracias Ivan, saludos!
Eliminarcompañera si bien (tramo A ) no cancela con fonasa , pero debes recalcar que solo en salud pública porque si bien por abc motivo tienes que dirigirte a la clínica, una persona tramo A se les cobra como si fuese particular el paciente .
ResponderEliminarCatalina: agradezco tu visita en mi blog. Te comento que un beneficiario del plan AUGE puede atender e sin ningún problemas en una clínica y que el costo por dicho beneficio es gratuito. Saludos!
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